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GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
5 de Febrero de 2017
d)
Se impulse al sector social y solidario de la economía a través de políticas para su constitución, desarrollo y
fortalecimiento de sus capacidades y competencias; y
e)
Se promueva el desarrollo rural integral y sustentable que garantice a los núcleos de población comunal y ejidal, el
bienestar e incorporación al desarrollo de la ciudad, fomentando las actividades económicas en el ámbito rural, con
obras de infraestructura, financiamiento, capacitación y asistencia técnica.
4.
Las autoridades de la Ciudad promoverán activamente la economía innovadora y del conocimiento, compatible con la
generación de mayor valor agregado, mejores remuneraciones, la protección de los ecosistemas y las demás
prioritarias para el desarrollo de la ciudad.
La Ciudad de México impulsará las actividades turísticas aprovechando, de manera responsable y sustentable, su
patrimonio histórico, arquitectónico, artístico, natural, cultural y de las tradiciones de sus pueblos y barrios originarios
y comunidades indígenas residentes, considerando la opinión de estos en todo momento.
5.
El Gobierno de la Ciudad establecerá políticas y programas para promover la inversión en beneficio del desarrollo, con
mecanismos que otorguen certeza jurídica y cuenten con incentivos para su consolidación.
Las autoridades de los distintos órdenes de Gobierno de la Ciudad someterán, de manera permanente, continua y
coordinada, sus actos, procedimientos y resoluciones con carácter normativo a la mejora regulatoria conforme a la ley
en esta materia.
6.
La Ciudad de México promoverá la contribución del sector de organizaciones no lucrativas al crecimiento económico
y al desarrollo de la sociedad.
7.
Las autoridades de la Ciudad promoverán el fortalecimiento de micro, pequeñas y medianas empresas y de la
economía social y solidaria, así como de personas jóvenes emprendedoras con programas de fomento que agilicen su
constitución y fortalezcan capacidades, competencias laborales y acceso al crédito.
8.
La Ciudad de México contará con instrumentos propios de desarrollo económico, entre los que estarán: una política de
protección salarial y trabajo digno, una hacienda pública sustentable, ordenada, equitativa y redistributiva y la
constitución de fondos para proyectos destinados al equilibrio territorial.
El Gobierno de la Ciudad, para impulsar la inversión social productiva, establecerá las políticas de fomento, creación,
capacitación, promoción al financiamiento e impulso a los proyectos productivos y de iniciativa empresarial, social y
privada, por medio de un instituto de emprendimiento que será un órgano del poder público con personalidad jurídica
y patrimonio propio, con autonomía técnica y de gestión.
9.
En la aplicación de los recursos públicos, el Gobierno de la Ciudad favorecerá el desarrollo de la economía local, sobre
todo mediante la pequeña y mediana empresa, la economía social y solidaria, así como de aquellos sectores que
promuevan el desarrollo tecnológico y las industrias del conocimiento y la innovación.
10.
La Ciudad de México podrá contar con las instituciones e instrumentos financieros, que requiera, para el desarrollo
económico y social, de acuerdo a las leyes en la materia.
Las políticas y programas económicos se diseñarán, ejecutarán y evaluarán de acuerdo a los indicadores y criterios que
definan el Instituto de Planeación Democrática y Prospectiva y el Consejo de Evaluación de la Ciudad de México, en
el ámbito de sus respectivas competencias;
11.
El Gobierno de la Ciudad de México y sus alcaldías promoverán y fomentarán la economía social y la distribución de
alimentos básicos a través de los sistemas de abasto tradicionales como son los mercados públicos, los tianguis, las
concentraciones y los pequeños comercios.
12.
Las autoridades de la Ciudad podrán establecer plataformas y mecanismos de financiamiento en apoyo a las y los
ciudadanos o a las organizaciones sociales que desarrollen comunidades digitales.