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GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
5 de Febrero de 2017
d)
Establecerá los mecanismos necesarios para garantizar dichas compensaciones en los casos de responsabilidad de las
empresas inmobiliarias, y podrá expropiar, demoler y rehabilitar inmuebles riesgosos;
e)
En situaciones de emergencia o desastre, garantizará la seguridad ciudadana, implementando medidas que tomen en
cuenta todas las características de la población, brindará atención médica prehospitalaria y hospitalaria, y garantizará la
infraestructura disponible;
f)
Desarrollará la cultura de la seguridad y la resiliencia, promoviendo la participación ciudadana, el voluntariado, la
autoprotección, la corresponsabilidad, la ayuda mutua y el auxilio a la población;
g)
A través de un organismo público garante de la gestión integral de riesgos, diseñará y ejecutará, con base en los
principios de diseño universal y accesibilidad, la preparación y respuesta para la reducción del riesgo y la prevención y
atención de desastres, fortaleciendo el cuerpo de primera respuesta, conforme a lo que determine la ley en la materia; y
h)
Llevará a cabo las demás acciones que establezca la ley.
2.
El Gobierno de la Ciudad desarrollará un plan a largo plazo de adaptación al cambio climático.
Artículo 17
Bienestar social y economía distributiva
1.
La Ciudad de México asume como fines del proceso de desarrollo el mejoramiento de la vida en los órdenes
económico, social, ambiental y cultural para afirmar la dignidad de sus habitantes. Aspira a constituir un Estado social
y democrático de pleno ejercicio de los derechos con los valores de libertad, igualdad y cohesión social.
2.
Corresponde al gobierno, planear, conducir, coordinar y orientar el desarrollo de la ciudad, junto con las alcaldías, con
la concurrencia participativa y responsabilidad social de los sectores público, privado y social que establezcan un
sistema de bienestar social y desarrollo económico distributivo. En el ámbito de sus competencias, garantizarán los
medios de coordinación con el gobierno federal, las instancias metropolitanas y los sectores privado y social,
considerando los mecanismos de participación ciudadana.
3.
Las políticas sociales y económicas se concebirán de forma integrada y tendrán como propósito el respeto, protección,
promoción y realización de los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales para el bienestar de la
población y la prosperidad de la ciudad, de acuerdo a los principios de interdependencia e indivisibilidad.
A. De la política social
1.
Se establecerá y operará un sistema general de bienestar social, articulado, incluyente, participativo y transparente
vinculado a la estrategia de desarrollo redistributivo, al que concurrirán las instancias encargadas de las materias
correspondientes. El sistema considerará al menos los siguientes elementos:
a)
Las políticas y programas del sistema se diseñarán, ejecutarán y evaluarán de acuerdo a los indicadores, metodologías
y metas de progresividad que definan el Instituto de Planeación Democrática y Prospectiva y el Consejo de Evaluación
de la Ciudad de México; en el ámbito de sus respectivas competencias;
b)
La ampliación del acceso, la mejoría en la calidad y la actualización de los servicios públicos que incidan en la calidad
de vida de los habitantes de la Ciudad;
c)
La ampliación, actualización, recuperación y mantenimiento de la infraestructura y los equipamientos
correspondientes, en igualdad de condiciones de calidad y proporcionalidad en todo el territorio de la Ciudad de
México, en tanto son la base material para la prestación de los servicios;