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5 de Febrero de 2017
GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
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Una vez concluido el proceso electoral correspondiente a 2018, el Congreso de la Ciudad de México deberá iniciar el
proceso de revisión de la configuración para la división territorial de las demarcaciones que conforman la Ciudad de
México, de conformidad con el criterio de equilibrar los tamaños poblacionales entre las alcaldías y de aquellos enunciados
en el artículo 52 numeral 3 de esta Constitución. Este proceso deberá concluir a más tardar en diciembre de 2019.
Las circunscripciones de las demarcaciones territoriales a que se refiere el artículo 53, apartado A, numeral 3 de esta
Constitución, se determinarán por el organismo público electoral local con base en los criterios de población y
configuración geográfica, así como de identidad social, cultural, étnica y económica que establezca la ley de la materia.
Para el cumplimiento de las atribuciones exclusivas de las alcaldías, contenidas en el artículo 53 de esta Constitución,
adicionales a las establecidas en la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal vigente al momento de la
entrada en vigor del Decreto por el que se reforma la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de
reforma política de la Ciudad de México del 29 de enero de 2016, el Gobierno de la Ciudad de México, a través de las
dependencias competentes en cada materia, transferirá a cada alcaldía que hubiere sido electa, los recursos humanos,
materiales, técnicos y financieros. Lo anterior será debidamente informado al Congreso y a las y los ciudadanos, detallando
todos los recursos y el diagnóstico del sector, actividad o función que se transfiere. El régimen transitorio de la ley que
regirá el funcionamiento de las alcaldías establecerá el procedimiento para determinar las reglas con base en las cuales
establecerá dicha transferencia, según se trate de atribuciones adicionales con el carácter de exclusivas, coordinadas o
subordinadas.
Los derechos laborales de las personas trabajadoras que presten sus servicios en la Ciudad de México y demás organismos
que, con motivo de la entrada en vigor de esta Constitución, queden adscritos o coordinados a las alcaldías, serán respetados
en todo momento, de conformidad con lo dispuesto en las leyes y demás disposiciones aplicables.
VIGÉSIMO TERCERO.-
Las y los jueces y magistrados del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal se
integrarán en el Poder Judicial de la Ciudad de México, una vez que éste inicie sus funciones, de conformidad con lo que
establece esta Constitución.
A partir del inicio de la vigencia de la legislación relativa, el Congreso deberá designar al Consejo Judicial Ciudadano a más
tardar el 31 de diciembre de 2018.
Este Consejo, deberá designar a las y los integrantes del Consejo de la Judicatura a más tardar el 15 de junio de 2019.
Para la sustitución escalonada de las y los integrantes del Consejo de la Judicatura, en la primera integración, el Consejo
Judicial Ciudadano designará a tres Consejeras o Consejeros de la Judicatura que ocuparán el cargo por cuatro años, a dos
consejeras o consejeros que lo ocuparán por tres años y a dos consejeras o consejeros que lo ocuparán dos años.
Los procedimientos del Consejo de la Judicatura iniciados antes del 17 de septiembre de 2018, se agotarán en los términos
de las disposiciones vigentes hasta antes de la entrada en vigor de la presente Constitución.
El Tribunal Superior de Justicia designará a las y los integrantes de la Sala Constitucional a más tardar el 31 de enero de
2019. La Sala Constitucional se instalará al día siguiente.
El Consejo de la Judicatura deberá instalar juzgados tutelares en cada una de las alcaldías, mismos que deberán entrar en
funcionamiento a más tardar el 1 de enero de 2020.
La competencia de dichos juzgados, así como el procedimiento que deberá seguirse ante éstos para el ejercicio de las
acciones de protección efectiva de derechos, se regularán en la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Las delegaciones de la Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México en cada una de las demarcaciones
territoriales deberán quedar instaladas en su totalidad a más tardar el 1 de enero de 2020.
Para tal efecto, en el Presupuesto de Egresos de 2019, el Congreso de la Ciudad de México aprobará las partidas
presupuestales necesarias para su integración e instalación.