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5 de Febrero de 2017
GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
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10.
Las autoridades de conformidad con su ámbito de competencia, establecerán acciones afirmativas destinadas a
prevenir o compensar situaciones de desventajas o dificultades de grupos vulnerables, con el fin de procurar su
permanencia en el sistema educativo.
11.
Quienes ejercen la patria potestad, tutela o guarda y custodia de niñas, niños y adolescentes deberán asegurar que
cursen la educación obligatoria, participar en su proceso educativo y proporcionarles las condiciones para su
continuidad y permanencia en el sistema educativo.
12.
La Ciudad de México es un espacio público de aprendizaje que reconoce las diversas formas de acceso a la
educación y a la cultura.
13.
Las autoridades de la Ciudad promoverán la lectura y la escritura como prácticas formativas, informativas y lúdicas.
Se fortalecerá la red de bibliotecas públicas y bancos de datos que aseguren el acceso universal, gratuito y equitativo
a los libros en sus diversos formatos. Además, fomentarán la cultura escrita y apoyarán la edición de publicaciones
por cualquier medio.
B. Sistema educativolocal
1.
Las autoridades educativas podrán proponer a la autoridad educativa federal contenidos regionales para los
planes y programas de estudio de educación básica.
2.
Las autoridades educativas deberán fomentar oportunidades de acceso a la educación superior, previendo que
la misma tenga condiciones de calidad y pertinencia.
3.
Las autoridades tomarán las medidas tendientes a prevenir y evitar la deserción escolar en todos los niveles. Las
leyes locales establecerán apoyos para materiales educativos para estudiantes de educación inicial y básica, así como
un apoyo económico para los estudiantes de educación media superior.
4.
Esta Constitución reconoce la función primordial de la actividad docente, su dignificación social, así como la
importancia de la formación continua para los docentes.
5.
El sistema educativo local se adaptará a las necesidades de la comunidad escolar y responderá a su diversidad social y
cultural. Asimismo, fomentará la innovación, la preservación, la educación ambiental y el respeto a los derechos
humanos, la cultura, la formación cívica, ética, la educación y creación artísticas, la educación tecnológica, la
educación física y el deporte. Las autoridades de la Ciudad de México contarán con un sistema de escuelas de nivel
medio superior en el que se impartirán estudios al más alto nivel académico.
6.
Las autoridades promoverán esquemas eficientes para el suministro de alimentos sanos y nutritivos conforme a los
lineamientos que la autoridad en la materia determine.
7.
La Ciudad de México y sus demarcaciones territoriales velarán por que los materiales y métodos educativos,
la organización escolar y la infraestructura física sean adaptables a las condiciones y contextos específicos de las
y los alumnosasegurando su desarrollo progresivo e integral, conforme a las capacidades y habilidades personales.
Se reconoce a la Lengua de Señas Mexicana como oficial y parte del patrimonio lingüístico de la Ciudad. Las
personas sordas tendrán derecho a recibir educación en Lengua de Señas Mexicana y español.
8.
La Universidad Autónoma de la Ciudad de México es una institución pública autónoma de educación superior
con personalidad jurídica y patrimonio propios, que debe proporcionar educación de calidad en la Ciudad de México.
Tiene la facultad y responsabilidad de gobernarse a sí misma; de definir su estructura y las funciones académicas que
le correspondan, realizando sus funciones de educar, investigar y difundir la cultura, atendiendo los principios
contenidos en el artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, respetando las libertades de
estudio, cátedra e investigación y de libre examen y discusión de las ideas; de determinar sus planes y programas; de
fijar los términos de ingreso, promoción y permanencia de su personal académico; y de administrar su patrimonio.