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CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
Últimas Reformas DOF 17-06-2014
C
ÁMARA DE
D
IPUTADOS DEL
H. C
ONGRESO DE LA
U
NIÓN
Secretaría General
Secretaría de Servicios Parlamentarios
39 de 262
X.
La retribución que perciban los Comisionados deberá ajustarse a lo previsto en el artículo 127
de esta Constitución;
XI.
Los comisionados de los órganos podrán ser removidos de su cargo por las dos terceras partes
de los miembros presentes del Senado de la República, por falta grave en el ejercicio de sus
funciones, en los términos que disponga la ley, y
XII.
Cada órgano contará con una Contraloría Interna, cuyo titular será designado por las dos
terceras partes de los miembros presentes de la Cámara de Diputados, en los términos que
disponga la ley.
Párrafo con fracciones adicionado DOF 11-06-2013
Los órganos de gobierno, tanto de la Comisión Federal de Competencia Económica como del Instituto
Federal de Telecomunicaciones se integrarán por siete Comisionados, incluyendo el Comisionado
Presidente, designados en forma escalonada a propuesta del Ejecutivo Federal con la ratificación del
Senado.
Párrafo adicionado DOF 11-06-2013
El Presidente de cada uno de los órganos será nombrado por la Cámara de Senadores de entre los
comisionados, por el voto de las dos terceras partes de los miembros presentes, por un periodo de cuatro
años, renovable por una sola ocasión. Cuando la designación recaiga en un comisionado que concluya
su encargo antes de dicho periodo, desempeñará la presidencia sólo por el tiempo que falte para concluir
su encargo como comisionado.
Párrafo adicionado DOF 11-06-2013
Los comisionados deberán cumplir los siguientes requisitos:
I.
Ser ciudadano mexicano por nacimiento y estar en pleno goce de sus derechos civiles y políticos;
II.
Ser mayor de treinta y cinco años;
III.
Gozar de buena reputación y no haber sido condenado por delito doloso que amerite pena de
prisión por más de un año;
IV.
Poseer título profesional;
V.
Haberse desempeñado, cuando menos tres años, en forma destacada en actividades
profesionales, de servicio público o académicas sustancialmente relacionadas con materias
afines a las de competencia económica, radiodifusión o telecomunicaciones, según corresponda;
VI.
Acreditar, en los términos de este precepto, los conocimientos técnicos necesarios para el
ejercicio del cargo;
VII.
No haber sido Secretario de Estado, Fiscal General de la República, senador, diputado federal o
local, Gobernador de algún Estado o Jefe de Gobierno del Distrito Federal, durante el año previo
a su nombramiento, y
Fracción reformada DOF 10-02-2014
VIII.
En la Comisión Federal de Competencia Económica, no haber ocupado, en los últimos tres años,
ningún empleo, cargo o función directiva en las empresas que hayan estado sujetas a alguno de
los procedimientos sancionatorios que sustancia el citado órgano. En el Instituto Federal de
Telecomunicaciones no haber ocupado, en los últimos tres años, ningún empleo, cargo o función
directiva en las empresas de los concesionarios comerciales o privados o de las entidades a ellos
relacionadas, sujetas a la regulación del Instituto.