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5 de Febrero de 2017
GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
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Alcaldía digital
XXXII.
Participar con la Jefatura de Gobierno en el diseño y despliegue de una agenda digital incluyente para la Ciudad
de México;
XXXIII.-
Contribuir con la infraestructura de comunicaciones, cómputo y dispositivos para el acceso a internet gratuito en
espacios públicos; y
XXXIV.
Ofrecer servicios y trámites digitales a la ciudadanía.
c) En forma subordinada con el Gobierno de la Ciudad de México:
Gobierno y régimen interior
I.
Participar en la elaboración, planeación y ejecución de los programas del Gobierno de la Ciudad de México, que
tengan impacto en la demarcación territorial;
II.
Participar en la instancia de coordinación metropolitana, de manera particular aquellas demarcaciones territoriales que
colindan con los municipios conurbados de la Zona Metropolitana del Valle de México;
Movilidad, vía pública y espacios públicos
III.
Proponer a la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México la aplicación de las medidas para mejorar la vialidad,
circulación y seguridad de vehículos y peatones;
Seguridad ciudadana y protección civil
IV.
Ejecutar las políticas de seguridad ciudadana en la demarcación territorial, de conformidad con la ley de la materia;
V.
En materia de seguridad ciudadana podrá realizar funciones de proximidad vecinal y vigilancia;
VI.
Podrá disponer de la fuerza pública básica en tareas de vigilancia. Para tal efecto, el Gobierno de la Ciudad de
México siempre atenderá las solicitudes de las alcaldías con pleno respeto a los derechos humanos;
VII.
Proponer y opinar previamente ante la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México, respecto de la designación,
desempeño y/o remoción de los mandos policiales que correspondan a la demarcación territorial;
VIII.
Ejercer funciones de supervisión de los mandos de la policía preventiva, dentro de su demarcación territorial,
de conformidad a lo dispuesto en la normatividad aplicable;
IX.
Presentar ante la dependencia competente, los informes o quejas sobre la actuación y comportamiento de las y los
miembros de los cuerpos de seguridad, respecto de actos que presuntamente contravengan las disposiciones, para su
remoción conforme a los procedimientos legalmente establecidos;
X.
Establecer yorganizar un comité de seguridad ciudadana como instancia colegiada da de consulta y participación
ciudadana, en los términos de las disposiciones jurídicas aplicables;
XI.
Elaborar el atlas de riesgo y el programa de protección civil de la demarcación territorial, y ejecutarlo de manera
coordinada con el órgano público garante de la gestión integral de riesgos de conformidad con la normatividad
aplicable;
XII.
Coadyuvar con el organismo público garante de la gestión integral de riesgos de la Ciudad de México, para la
prevención y extinción de incendios y otros siniestros que pongan en peligro la vida y el patrimonio de los habitantes;
y
XIII.
Solicitar, en su caso, a la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México, la emisión de la declaratoria de emergencia
o la declaratoria de desastre en los términos de la ley.