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Articulo 15
Además de lo señalado en el artículo 14, el Órgano Ejecutivo, deberá mantener actualizada, de forma impresa para consulta directa y en los respectivos sitios de Internet, de acuerdo con sus funciones, según corresponda, la información respecto de los temas, documentos y políticas que a continuación se detallan en cada fracción.
I. Estadísticas e índices delictivos, así como los indicadores de la procuración de justicia;
- No aplica. De conformidad con lo dispuesto por los artículos 2º de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal y 3º, fracciones IV y V de la Ley Orgánica de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, la información a que se refiere esta fracción, la detenta la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, así como la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal.
- Enlace: PGJDF
- Enlace: SSP
II. En materia de averiguaciones previas: estadísticas sobre el número de averiguaciones previas que fueron desestimadas, en cuántas se ejerció acción penal, en cuántas se decretó el no ejercicio y cuántas se archivaron, además de las órdenes de aprehensión, presentación y cateo;
- No aplica. De conformidad con lo dispuesto por los artículos 2º y 3º de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, la información a que refiere esta fracción, la detenta la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal.
- Enlace: PGJDF
III. Las cantidades recibidas por concepto de multas y el destino al que se aplicaron;
- No aplica. De acuerdo a lo establecido en el artículo 30, fracción IV, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal esta obligación es atribución de la Secretaría de Finanzas.
- Enlace Secretaría de Finanzas: Las cantidades recibidas por concepto de multas o infracciones.
IV. Los reglamentos de las leyes expedidos en ejercicio de sus atribuciones;
- Enlace Prontuario Normativo de la Administración Pública del Distrito Federal: Reglamentos
Periodo de actualización: Quincenal
Fecha de actualización:30/Marzo/2016
Fecha de validación: 14/Abril/2016
Unidad Administrativa responsable de la información: Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos.
V. El listado de expropiaciones, que contenga al menos, fecha de expropiación, domicilio y utilidad pública;
Periodo de actualización: trimestral
Fecha de actualización: 30/Marzo/2016
Fecha de validación: 14/Abril/2016
Unidad Administrativa Responsable de la Información: Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos.
VI. Los listados de las personas que han recibido excensiones, condonaciones de impuestos locales, o regímenes especiales en materia tributaria local, cuidando no revelar información confidencial, salvo que los mismos se encuentren relacionados al cumplimiento de los requisitos establecidos para la obtención de los mismos;
- No aplica. De acuerdo con lo establecido por el artículo 30, fracción IV, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal esta obligación es atribución de la Secretaría de Finanzas.
- Enlace Secretaría de Finanzas: Los listados de las personas que han recibido excensiones, condonaciones de impuestos locales, o regímenes especiales en materia tributaria local.
VIII. Los convenios de coordinación con la Federación, Estados y Municipios y de concertación con los sectores social y privado;
Periodo de actualización: trimestral.
Fecha de actualización: 30/Marzo/2016
Fecha de validación: 14/Abril/2016
Unidad Administrativa Responsable de la Información: Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos, Dirección General de Servicios Legales, Dirección General del Registro Público de la Propiedad y de Comercio, Dirección General del Registro Civil, Dirección Ejecutiva de Administración, Dirección Ejecutiva de Justicia Cívica, Dirección de Informática.
IX. El Programa General de Desarrollo del Distrito Federal, vinculado con los programas operativos anuales y los respectivos indicadores de gestión que permitan conocer las metas, por unidad responsable, así como los avances físico y financiero, para cada una de las metas. Sobre los indicadores de gestión se deberá difundir, además, el método de evaluación con una justificación de los resultados obtenidos y el monto de los recursos públicos asignados para su cumplimiento.
Programa General de Desarrollo del Distrito Federal 2013 - 2018
Avance Físico - Financiero
Periodo de actualización: trimestral
Fecha de actualización: 30/Diciembre/2015
Fecha de validación: 30/Diciembre/2015
Unidad Administrativa responsable de la información: Dirección Ejecutiva de Administración.
X. La información que sea de utilidad o resulte relevante para el conocimiento y evaluación de las funciones y políticas públicas;
Periodo de actualización: trimestral.
Fecha de actualización: 30/Marzo/2016
Fecha de validación: 14/Abril/2016
Unidad Administrativa responsable de la información: Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos, Dirección General de Servicios Legales, Dirección General del Registro Público de la Propiedad y de Comercio, Dirección General del Registro Civil, Dirección Ejecutiva de Justicia Cívica, Dirección Ejecutiva de Administración, Dirección de Informática.
XI. Los usos de suelo a través de mapas y planos georeferenciados que permitan que el usuario conozca de manera rápida y sencilla el tipo de uso de suelo con que cuenta cada predio.
- No aplica. De acuerdo con lo establecido por el artículo 9, fracciones II y III de la Ley de Desarrollo Urbano del Ditrito Federal, ésta es una obligación de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda.
- Enlace SEDUVI: Los usos de suelo a través de mapas y planos georeferenciados.
- Enlace al Sistema de Información Geográfica (SIG): CiudadMx.
XII. Sistema electrónico con el uso de un tabulador que permita consultar el cobro de impuestos, servicios, derechos y aprovechamientos, así como el total de las cantidades recibidas por estos conceptos;
- No aplica. De conformidad con lo establecido por el artículo 30, de la Ley Orgánica de la Administración Publica del Distrito Federal, la información es una obligación de la Secretaría de Finanzas del Distrito Federal.
- Enlace: Servicios al Contribuyente de la Secretaría de Finanzas
XIII. Relación de constancias, certificados, permisos, licencias, autorizaciones, registro de manifestaciones y dictámenes de las obras que se llevan a cabo en cada una de las demarcaciones territoriales, que permita conocer el estado, situación jurídica y modificaciones de cualquier índole de cada predio.
- No aplica. En términos de lo dispuesto por el artículo 2, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, la Consejería Jurídica y de Servicios Legales se integra en la Administración Pública Centralizada, por lo que no cuenta con facultades para emitir constancias, certificados, permisos, licencias, autorizaciones, registro de manifestaciones y dictámenes de las obras que se llevan a cabo en cada una de las demarcaciones territoriales.
Articulo 25
Toda información que brinden los Entes Obligados, respecto a la ejecución de obra pública por invitación restringida, deberá precisar:
I. El monto;
II. El lugar;
III. El plazo de ejecución;
IV. La identificación del Ente Obligado ordenador y responsable de la obra;
V. El nombre del proveedor, contratista o de la persona física o moral con quienes se haya celebrado el contrato, y
VI. Los mecanismos de vigilancia y supervisión, incluyendo en su caso, estudios de impacto ambiental y sísmico.
- La Consejería Jurídica y de Servicios Legales no ha llevado a cabo la contratación de obra pública por invitación restringida en los siguientes periodos:
- Enero a Marzo de 2016
- Enero a Diciembre de 2015
- Enero a Diciembre de 2014
- Enero a Diciembre de 2013
- Enero a Diciembre de 2012
Periodo de actualización: trimestral
Fecha de actualización: 30/Marzo/2016
Fecha de validación: 15/Abril/2016
Unidad Administrativa responsable de la información: Dirección Ejecutiva de Administración.
Articulo 27
El órgano de control de la gestión pública y la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea, deberán proporcionar, a solicitud de parte, los resultados de las auditorías concluidas al ejercicio presupuestal que de cada sujeto obligado realicen. Al proporcionar la información referida deberán claramente señalar la etapa del procedimiento y los alcances legales del mismo.
Los entes obligados deberán proporcionar a los solicitantes, la información relativa a las solventaciones o aclaraciones derivadas de las auditorías concluidas.
Asimismo, el órgano de control de la gestión pública deberá publicar la relación de todas las vistas dadas por el Instituto, derivadas del incumplimiento de las obligaciones contempladas en esta Ley, incluyendo el motivo que las originó y el seguimiento que se les dió.
"A la Contraloría General corresponde el despacho de las materias relativas al control y evaluación de la gestión pública de las Dependencias, Organos Desconcentrados y Entidades que integran la Administración Pública del Distrito Federal, así como el desarrollo, modernización, innovación y simplificación administrativos, y la atención ciudadana, de conformidad con el artículo 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal.
La Contraloría General del DF publica en su portal de internet la información relativa a las vistas dadas por el Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Distrito Federal derivadas del incumplimiento de las obligaciones en materia de transparencia de este Ente Obligado."
2013 - Enero-Diciembre - Hipervínculo al portal de transparencia de la CGDF donde publica la información respectiva.
2014 - Enero-Diciembre - Hipervínculo al portal de transparencia de la CGDF donde publica la información respectiva.
2015 - Enero-Diciembre - Hipervínculo al portal de transparencia de la CGDF donde publica la información respectiva.
Periodo de actualización: anual
Fecha de actualización: 10/Febrero/2015
Fecha de validación: 10/Febrero/2015
Unidad Administrativa responsable de la información: Oficina de Información Pública.
Articulo 29
Con el objeto de verificar que la información pública que recibe cualquier persona es la versión más actualizada, el Ente Obligado deberá difundir, dentro del primer mes de cada año, un calendario de actualización, por cada contenido de información y el área responsable. En caso de que no exista una norma que ya instruya la actualización de algún contenido, éste deberá actualizarse al menos cada tres meses. En todos los casos se deberá indicar la fecha de la última actualización por cada rubro a los que se refieren este Capítulo.
- Enlace: Calendario de Actualización de la Información de Oficio publicada en el portal de internet de la Consejería Jurídica y de Servicios Legales, correspondiente al ejercicio 2016
Periodo de actualización: anual
Fecha de actualización: 15/Enero/2016
Fecha de validación: 15/Enero/2016
Unidad Administrativa responsable de la información: Oficina de Información Pública.
Articulo 30
Toda persona moral, organizaciones de la sociedad civil, sindicatos o cualquier otra análoga que reciban recursos públicos por cualquier concepto, exceptuando las cuotas sindicales, deberán proporcionar a los Entes Públicos de los que los reciban la información relativa al uso, destino y actividades que realicen con tales recursos.
- La Consejería Jurídica y de Servicios Legales no ha entregado ni permitido el uso de recursos públicos a persona alguna, durante los siguientes periodos:
- Enero a Marzo de 2016
- Enero a Diciembre de 2015
- Enero a Diciembre de 2014
- Enero a Diciembre de 2013
- Enero a Diciembre de 2012
Periodo de actualización: trimestral
Fecha de actualización: 30/Marzo/2016
Fecha de validación: 15/Abril/2016
Unidad Administrativa Responsable de la Información: Dirección Ejecutiva de Administración.