CONCEPTO | DEFINICIÓN (para ver el texto completo da click en el concepto) |
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PRINCIPIO DE PUBLICIDAD |
Es el principio y función básica del Registro que consiste en revelar la situación jurídica de los bienes y derechos registrados, a través de sus respectivos asientos y mediante la expedición de certificaciones y copias de dichos asientos, permitiendo conocer las constancias registrales. El Registro Público de la Propiedad se creó para dar publicidad y seguridad jurídica frente a terceros, sobre la propiedad y posesión de bienes inmuebles: garantías sobre muebles y sobre la constitución de sociedades y asociaciones civiles. La publicidad formal consiste en la posibilidad de consultar personalmente, los libros, folios o la base de datos cuando se trata de folios electrónicos, así como de obtener del Registro Publico de la Propiedad, las constancias y certificaciones de los asientos y anotaciones. La publicidad material está concebida como los derechos que otorgan la inscripción, y éstos son; la presunción de su existencia o apariencia jurídica, y la oponibilidad frente a otro no inscrito. |