CONCEPTO | DEFINICIÓN (para ver el texto completo da click en el concepto) |
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LIBERTAD SIN EXHIBICIÓN DE GARANTÍA |
Es la que otorga el Ministerio Público al término de las 48 horas, cuando no cuenta con los elementos suficientes para acreditar el delito o la posible participación del sujeto detenido. Se entiende por término de 48 horas al tiempo en el cual la autoridad Ministerial encargada de llevar a cabo la investigación, no obstante que se allegó de los informes, dictámenes periciales y probanzas aportadas dentro del mismo, establece o resuelve que no se integran los elementos para establecer una probable responsabilidad del imputado por lo que resuelve otorgar la libertad inmediata a la persona considerada hasta ese momento como probable responsable de algún ilícito. La función de la Defensoría Pública es la de aportar los elementos necesarios para obtener la libertad de sus representados sin tener la necesidad de exhibir garantía alguna. |