CONCEPTO | DEFINICIÓN (para ver el texto completo da click en el concepto) |
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IMPUTADO |
I-Persona que es señalado por el Ministerio Público como posible autor o participe en un hecho que la Ley marca como delito. El imputado en la investigación del delito, es aquella persona que se considera probable su participación en un hecho, no puede llamársele culpable hasta que exista una sentencia firme que así lo determine. Toda persona imputada tiene derechos que se consagran tanto a nivel internacional, constitucional y procesal, que en el caso de ser violentados puede ser una causa para que se decrete la nulidad de los actos procesales. Las infracciones a los derechos humanos de toda persona imputada deben de omitirse durante el procedimiento, para ello los órganos jurisdiccionales son los encargados de vigilar que se respeten en todo momento. Una persona imputada puede hacer valer sus derechos en cualquier momento y si existe responsabilidad por parte de la autoridad puede obtenerse una sentencia favorable o bien que se le reconozca el derecho que le fue violentado y sancionar a la autoridad que lo procuro. II-Persona que es señalada como el posible sujeto que realizó o participó en la comisión del delito. En donde se entiende como sujeto a la persona que realizó un hecho que puede ser constitutivo de delito, y cuya participación en la comisión del mismo deriva en la responsabilidad del hecho realizado, ya sea de manera directa o indirectamente, asimismo el delito como tal se entiende como la acción de cometer o incurrir en una falta por comisión o por omisión. La participación del Defensor Público del área de Indagatorias consiste en proporcionar al imputado la asesoría y representación cuando le es solicitada, prestándola de manera gratuita y presentándose ante la Autoridad Ministerial tantas veces como sea requerido, haciéndole saber sus derechos y prerrogativas con un lenguaje claro y sencillo. |