CONCEPTO | DEFINICIÓN (para ver el texto completo da click en el concepto) |
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FUNCIÓN REGISTRAL |
La Función Registral consiste en dar publicidad a los actos jurídicos que se inscriben en el registro, como contra presentación al pago de derechos que hagan los usuarios del servicio para conocer la situación jurídica de algún mueble inmueble o persona moral. Para que pueda llevar a cabo tal función, el registro público de la propiedad necesita de una organización administrativa dependiente de la administración pública local. Cabe señalar que, en el Distrito Federal, el Registro Público de la Propiedad no es ente autónomo; depende directamente de la Consejería Jurídica y de Servicios Legales del Gobierno del Distrito Federal, recibe un presupuesto anual que le designa la dependencia citada con la aprobación de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, los ingresos que recauda el Registro Público no son para su beneficio sino para la hacienda local. Aliases (separate with |): funcion
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