CONCEPTO | DEFINICIÓN (para ver el texto completo da click en el concepto) |
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ESPECIALIZACIÓN EN JUSTICIA PARA ADOLESCENTES |
En atención a los diversos Tratados Internacionales que ha firmado nuestro país, y que por ello ha tenido que cumplir incluyéndolos en nuestras leyes aplicables en el Distrito Federal, obliga a que toda institución y/o organismo, ya sea de procurador y/o impartidor de justicia, se encuentra debidamente capacitados en el ejercicio de un proceso que se siga dentro de un Sistema Integral de Justicia para Adolescentes, en atención a la reforma al artículo 18 de la Constitución. Todo adolescente que se le atribuya la realización de una conducta señalada como delito en las leyes penales, tendrá derecho a que los órganos o instituciones que intervenga en dicho juicio deberán estar debidamente capacitadas en la especialización de un sistema integral de justicia para adolescentes. Ningún adolescente podrá ser juzgado como adulto ni se le aplicarán sanciones previstas por las leyes penales para adultos, ni juzgado por órganos sin la debida especialización en el sistema en justicia para adolescentes. De igual manera las autoridades administrativas deberán estar debidamente capacitados para aplicar el sistema integral de justicia, por ello cuando un adolescente sea privado de su libertad, por la aplicación de una medida cautelar de aseguramiento o de tratamiento en internación, tendrá que estar en lugares distintos al de los adultos y separados por edades y por sexo. Se refiere a que desde el inicio del proceso, todas las actuaciones y diligencias estarán a cargo de órganos especializados en materia de justicia para adolescentes. Aliases (separate with |): especializacion
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