CONCEPTO | DEFINICIÓN (para ver el texto completo da click en el concepto) |
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DICTAMEN JURÍDICO |
Es la opinión técnico-jurídica que emite el Asesor Presencial, respecto de la problemática planteada por el usuario, donde expondrá de manera sintetizada los argumentos de hecho y de derecho que respaldan su conclusión, fundando y motivando dicha determinación, dictamen jurídico que puede ser emitido en dos sentidos: • PROCEDENTE, en cuyo caso implica que la solicitud del interesado reúne todos los requisitos legales y ha presentado aquella documentación e información que le hubiera sido solicitada para promover el juicio que resuelva la problemática expuesta, canalizando al usuario al área de trabajo social para continuar con su trámite. • NO PROCEDENTE, será en aquellos supuestos donde la petición del interesado no cumpla con los requisitos legales para promover el juicio o no se ajuste a los lineamientos de la Defensoría Pública del Distrito Federal o no se exhiban los documentos solicitados, en cuyo caso se brindarán las alternativas de instituciones que puedan brindar la atención al interesado, en caso de que las haya. |