CONCEPTO | DEFINICIÓN (para ver el texto completo da click en el concepto) |
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AGRAVIOS |
Es una palabra usada comúnmente en el lenguaje de la abogacía y tiene varios significados: primeramente y en forma muy general, se suele definir como un daño, una afectación hacía alguien, una lesión que sufre alguien en sus derechos. La Real Academia de la Lengua, dice que es una ofensa que se hace a alguien en su honra o fama con algún dicho o hecho; hecho o dicho con que se hace esta ofensa u ofensa o perjuicio que se hace a alguien en sus derechos e intereses o bien, como una humillación, menosprecio o aprecio insuficiente. Como se puede observar de estas descripciones, la idea que surge de este vocablo, es la de un perjuicio que se produce en contra de los derechos de cualquier individuo y que puede reflejarse en variadas formas: así, puede ser algo tangible por ejemplo, el que indebidamente una persona vea disminuido su patrimonio económico, al cobrársele indebidamente, por un servicio público; o bien, puede tratarse de un daño psicológico como producto de una indebida atención médica a cargo de un Hospital Público. Sin embargo, el significado más empleado de este concepto, se da en el mundo de los pleitos judiciales y más concretamente, en la denominada segunda instancia o sea, en la Apelación que dicho sea de paso, es el medio para inconformarse con alguna decisión pronunciada por un juez que afecta a alguna de las partes en un juicio y el cual es resuelto por otra Autoridad Judicial independiente a aquel y de mayor jerarquía legal; así, los agravios son los motivos, las razones, las causas jurídicas por las cuales la persona apela (no está de acuerdo) con la decisión judicial respectiva; y esas razones, se hacen valer a través de una serie de argumentos jurídicos para intentar cambiar la decisión judicial que se está apelando. |