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GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
5 de Febrero de 2017
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
JEFATURA DE GOBIERNO
(Al margen superior un escudo que dice:
CDMX.-
CIUDAD DE MÉXICO)
MIGUEL ÁNGEL MANCERA ESPINOSA,
Jefe de Gobierno de la Ciudad de México, a sus habitantes sabed:
Que con fecha 29 de Enero 2016, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto por el que se Declaran
Reformadas y Derogadas diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de
la Reforma Política de la Ciudad de México.
Que de conformidad con lo previsto en el artículo 44 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la
Ciudad de México es la Entidad Federativa sede de los Poderes de la Unión y Capital de los Estados Unidos Mexicanos; se
compondrá del territorio que actualmente tiene y, en caso de que los poderes federales se trasladen a otro lugar, se erigirá en
un Estado de la Unión con la denominación de Ciudad de México.
Que los Transitorios Séptimo, Octavo y Noveno del Decreto por el que se Declaran Reformadas y Derogadas diversas
disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de la Reforma Política de la Ciudad
de México, y el Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Constituyente de la Ciudad de México, establecen
que la Asamblea Constituyente expresa la soberanía del pueblo y ejercerá en forma exclusiva todas las funciones del Poder
Constituyente para la Ciudad de México, por ende, entre sus atribuciones se encontraban las de aprobar, expedir y ordenar
la publicación de la Constitución Política de la Ciudad de México.
Que la H. Asamblea Constituyente de la Ciudad de México, en sesión solemne, celebrada el treinta y uno de enero de dos
mil diecisiete, aprobó la Constitución Política de la Ciudad de México, por lo que cumpliendo con el objeto para la cual fue
convocada, con fundamento en los Transitorios Octavo y Noveno, fracción I, inciso f), del Decreto por el que se Declaran
Reformadas y Derogadas diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, ha tenido a
bien expedir y dirigirme el siguiente:
DECRETO POR EL QUE SE EXPIDE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA
DE LA CIUDAD DE MÉXICO
La Asamblea Constituyente de la Ciudad de México, reunida en la antigua sede del Senado de la República
en Xicoténcatl, a partir del 15 de septiembre de 2016, en virtud de los artículos Séptimo, Octavo y Noveno
Transitorios del Decreto por el que se declaran reformadas y derogadas diversas disposiciones de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de la reforma política de la Ciudad de México, publicado en el
Diario Oficial de la Federación el 29 de enero de 2016, ha tenido a bien expedir la siguiente:
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
PREÁMBULO
In quexquichcauh maniz cemanahuac, aic tlamiz, aic polihuiz, in
itenyo, in itauhca Mexihco Tenochtitlan
“En tanto que dure el mundo, no acabará, no perecerá la fama, la
gloria de México Tenochtitlan”
Tenoch, 1325.
En la cercanía del séptimo centenario de su fundación, la Ciudad de México se otorga esta Constitución Política. Al
hacerlo rememora sus incontables grandezas, hazañas y sufrimientos. Rinde homenaje a los creadores de sus espacios y
culturas, a los precursores de su soberanía y a los promotores de su libertad.