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CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
Últimas Reformas DOF 17-06-2014
C
ÁMARA DE
D
IPUTADOS DEL
H. C
ONGRESO DE LA
U
NIÓN
Secretaría General
Secretaría de Servicios Parlamentarios
168 de 262
DECRETO por el que se adiciona el artículo 21 de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos.
Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de junio de 2005
ARTÍCULO ÚNICO.-
Se
adiciona
un párrafo quinto al artículo 21 de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos, recorriéndose en su orden los actuales quinto y sexto, que pasan a ser sexto
y séptimo, para quedar como sigue:
..........
TRANSITORIO
ÚNICO.-
El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el
Diario Oficial de
la Federación
.
México, D.F., a 4 de mayo de 2005.- Sen.
Diego Fernández de Cevallos Ramos
, Presidente.- Dip.
María Guadalupe Suárez Ponce
, Secretaria.- Rúbricas.
"
En cumplimiento de lo dispuesto por la fracción I del Artículo 89 de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos, y para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto en la
Residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los diecisiete días del
mes de junio de dos mil cinco.-
Vicente Fox Quesada
.- Rúbrica.- El Secretario de Gobernación,
Carlos
María Abascal Carranza
.- Rúbrica.